El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Reglamento para la ejecución de la Ley de Patentes (Ley 24/2015) mediante un Real Decreto. La nueva ley de patentes y el reglamento entrarán en vigor mañana 1 de abril de 2017.

La ley 24/2015 sustituirá la ley anterior de 1986 y también otras disposiciones que hasta ahora quedaban recogidas en otros textos legales, por ejemplo los relacionados con la aplicación de la Convención de Patente Europea y el Tratado de Cooperación en materia de Patentes en España.

La nueva ley introducirá cambios sustanciales en el sistema nacional de patentes, tanto para las patentes como para los modelos de utilidad. Algunos de los cambios se refieren a cuestiones sustantivas y otros son meramente procesales.

El cambio de ley supondrá, entre otros, la introducción de un examen sustantivo obligatorio para las patentes y la posibilidad de que terceros se opongan a la patente tras la concesión. Además, con el nuevo marco habrá consecuencias si no se cumple el requisito de presentar la primera solicitud en la OEPM cuando las invenciones hayan sido realizadas en España, quedando sin efectos en España las correspondientes patentes europeas o solicitudes PCT.

En cuanto a los modelos de utilidad, se exigirá novedad mundial y se ampliará su alcance de protección, pudiéndose proteger también composiciones químicas. Por último, en caso de infracción, será obligatorio acompañar la demanda de un informe del estado de la técnica.

No dude en ponerse en contacto con nosotros para más información o consultas sobre la aplicación de la nueva ley en casos concretos.